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viernes, 6 de abril de 2018

Impuesto a las Sociedades en Costa Rica

Clasificación de las Sociedades Exentas y montos a pagar

De acuerdo a la Ley número 9428 de Marzo del año 2017, se establecen montos a pagar para las Sociedades inscritas en Costa Rica. Estos montos varían con respecto a los ingresos reportados en la Declaración de Renta inmediata pasada al momento de efectuar el pago del período correspondiente.

Desde la creación de la Ley, este Impuesto lo administra Tributación Directa del Ministerio de Hacienda y se paga anualmente. Si se entra en mora no se pueden realizar movimientos de la Sociedad en el Registro Nacional y no se puede concursar para el Estado en compras generales de Bienes y Servicios.

Este Impuesto exonera a las Micro y Pequeñas Empresas, así clasificadas por el Ministerio de Economía y Comercio (MEIC) mediante  Decreto MEIC # 33111  Mayo 2006 (Pymes Ley 8262)

Hemos creado hace algunos años, una forma rápida para conocer si se califica como Micro o Pequeña Empresa con una aplicación que compartimos en el siguiente link: Prosersa clasificación Mipymes

Tenga a mano su Declaración de Renta del período anterior, para que pueda llenar los campos que le pide la aplicación.

En general si se obtiene un puntaje igual o menor a 35, su Sociedad estará EXENTA del Impuesto y se podrá realizar el trámite en línea para que el MEIC le otorgue ese beneficio (ver la web de la Institución para iniciar trámite).

Montos a pagar para el año 2018>>>>>>>


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